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Unión Obrera Salinera Argentina

¡Bienvenidos!

La Unión Obrera Salinera Argentina es un sindicato con Personería Gremial Nº 297, reconocida por Resolución 132 MT del 28/06/1955, y que agrupa a todos los obreros y empleados de la industria salinera y sulfatera, desde la producción hasta la comercialización, con alcance territorial en todo el país.

Es pretensión de la actual conducción que esta asociación gremial sea una herramienta eficaz para que los trabajadores salineros y sus familias logremos el bienestar que merecemos.

Estamos convencidos que para lograr ello se necesita la participación y compromiso de los propios trabajadores, organización, democracia interna y una idea clara de hacia donde vamos.
En ese marco es que nos pareció importante crear esta herramienta de comunicación, que permita acercar a los trabajadores de la actividad con su sindicato. La idea es seguir mejorándola, y fundamentalmente recibir las sugerencias y aportes de los compañeros a través de los distintos medios de contacto.

 Escala Salarial 

Acuerdo sometido a las siguientes cláusulas:

PRIMERA : Los salarios de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2024, así como también los de enero y febrero de 2025, se ajustarán conforme el siguiente esquema:
a) Los salarios básicos que, se devenguen por el periodo de agosto de 2024 serán el resultado de aplicar como aumento un 4% sobre los salarios básicos de julio de 2024.
b) Los salarios básicos que se devenguen por el período de octubre de 2024 serán el resultado de aplicar como aumento los porcentajes de inflación que informe el INDEC de agosto y septiembre sobre los salarios básicos de agosto de 2024, más un 1%, de manera acumulativa. La fórmula de cálculo será la siguiente: Al salario de septiembre se le aplicara como aumento el porcentaje de inflación de agosto. A ese resultado se le aplicará el porcentaje de inflación de septiembre. A ese resultado se le aplicará un 1% más, EI resultado final es el salario de octubre de 2024.
c) Los salarios básicos que se devenguen por el período de diciembre de 2024 serán el resultado de aplicar como aumento los porcentajes de inflación que informe el INDEC de octubre y noviembre sobre los salarios básicos de octubre de 2024, más un 1%, de manera acumulativa. La formula de calculo será la siguiente: Al salario de noviembre se le aplicara como aumento el porcentaje de inflación de octubre. A ese resultado se le aplicará el porcentaje de inflación de noviembre. A ese resultado se le aplicará un 1% más. El resultado final es el salario de diciembre de 2024.
d) Los salarios básicos que se devenguen por el período de febrero de 2025 serán el resultado de aplicar como aumento los porcentajes de inflación que informe el INDEC de diciembre 2024 y enero 2025 sobre los salarios básicos de diciembre de 2024, más un 1%, de manera acumulativa. La fórmula cálculo será la siguiente: Al salario de enero 2025 se le aplicara como aumento el porcentaje de inflación de diciembre de 2024. A ese resultado se le aplicará el porcentaje de inflación de enero 2025. A ese resultado se le aplicará un 1% más. El resultado final es el salario de febrero de 2025.
SEGUNDA  : En relación a la “canasta navideña”, las partes ratifican lo pactado en la cláusula tercera del “Acuerdo Salarial” de fecha 8/11/2023, y se comprometen a realizar el cálculo allí previsto de manera conjunta y comunicarlo a sus representados para unificar el resultado.
TERCERA  : Las partes se reunirán la primera semana de marzo de 2025 a fines de evaluar la situación salarial del sector y considerar los salarios que comenzarán a regir a partir del 1 de marzo de 2025, comprometiéndose a tener armoniosas relaciones laborales dentro de un marco de paz social hasta esa fecha.

SUELDO BASICO JULIO 2024:

 Producción – Calidad – Recepción y Despacho 

Categoría Salario
Operario $ 723.395
Operario calificado $ 781.251
Operario embolsador cargador $ 843.834
Oficial $ 911.414
Oficial calificado $ 984.114
Oficial especializado $ 1.062.906

 Mantenimiento 

Categoría Salario
Medio oficial mantenimiento $ 911.414
Oficial mantenimiento $ 984.114
Oficial especializado mantenimiento $ 1.062.906

 Administración 

Categoría Salario
Auxiliar administrativo $ 781.251
Administrativo $ 906.238
Administrativo especializado $ 1.051.334



SUELDO BASICO AGOSTO 2024:

 Producción – Calidad – Recepción y Despacho 

Categoría Salario
Operario $ 752.331
Operario calificado $ 812.501
Operario embolsador cargador $ 877.587
Oficial $ 947.871
Oficial calificado $ 1.023.479
Oficial especializado $ 1.105.422

 Mantenimiento 

Categoría Salario
Medio oficial mantenimiento $ 947.871
Oficial mantenimiento $ 1.023.479
Oficial especializado mantenimiento $ 1.105.422

 Administración 

Categoría Salario
Auxiliar administrativo $ 812.501
Administrativo $ 942.488
Administrativo especializado $ 1.093.387

 Convenio Colectivo 

DESCARGAR
Convenio Colectivo

El Convenio Colectivo 754/18 cubre a todos los trabajadores salineros del país y es de aplicación obligatoria para todas las empresas relacionadas con la explotación, producción, industrialización y/o comercialización o venta de sal

 Galería de fotos 

 Beneficios 


Defensa Sindical
Asesoría Jurídica
Reintegros en Medicamentos
Ayudas Sociales
Beneficios por Nacimiento
Beneficios por Casamiento
Beneficios Guardapolvo Escolar
(Nivel Inicial)
Beneficio Cumpleaños
Beneficio Canasta Navideña


Autoridades

Secretario general
SCHAAB GERARDO ANÍBAL

Secretario adjunto
BARMANSCHE DIEGO HERNÁN

Secretario gremial
QUIROGA SEGUNDO GERVASIO

Secretario tesorero
SCHIEL MAXIMILIANO

Secretario de organización
AGUIAR AMÍLCAR ENRIQUE

Secretario de actas
SORIA BERNARDO NAHUEL

Vocales
MULLER GUSTAVO JAVIER
PANTANALI CARLA ANTONELA
CAVALLARO JORGE JAVIER
ROSALES ADRIÁN AMADEO
VERGARA ARIEL ANDRÉS
BUSTOS GENARO RAMÓN

Vocales suplentes
KLOBERDANZ SANDRO
LAGOS NORBERTO
ROMERO DELSO FRANCISCO
GARCÍA EMILIANO
LLANCAFIL JORGE
GARRO MIGUEL ÁNGEL

Contacto

 Dirección 

SEDE CENTRAL
Macachín – La Pampa
Calle Buenos Aires Nº 135

 Teléfonos 

SEDE CENTRAL: 2953 – 452013
SECRETARIA GREMIAL: 2954 – 377547
SEC. ACCION SOCIAL: 2954 – 681699

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