Unión Obrera Salinera Argentina

¡Bienvenidos!

La Unión Obrera Salinera Argentina es un sindicato con Personería Gremial Nº 297, reconocida por Resolución 132 MT del 28/06/1955, y que agrupa a todos los obreros y empleados de la industria salinera y sulfatera, desde la producción hasta la comercialización, con alcance territorial en todo el país.

Es pretensión de la actual conducción que esta asociación gremial sea una herramienta eficaz para que los trabajadores salineros y sus familias logremos el bienestar que merecemos.

Estamos convencidos que para lograr ello se necesita la participación y compromiso de los propios trabajadores, organización, democracia interna y una idea clara de hacia donde vamos.
En ese marco es que nos pareció importante crear esta herramienta de comunicación, que permita acercar a los trabajadores de la actividad con su sindicato. La idea es seguir mejorándola, y fundamentalmente recibir las sugerencias y aportes de los compañeros a través de los distintos medios de contacto.

 Escala Salarial 

Acuerdo sometido a las siguientes cláusulas:

PRIMERA : La presente tiene vigencia desde el 1 de Abril de 2026 y hasta el 31 de Julio de 2026, sin perjuicio de la subsistencia de los aumentos aquí acordados para el futuro, en tanto así corresponda conforme el acuerdo.
SEGUNDA : A partir del 1 de abril de 2026 los salarios básicos quedarán conformados de la siguiente manera:



SUELDO BASICO ABRIL 2026:

 Producción – Calidad – Recepción y Despacho 

Categoría Salario

Operario

$ 1.282.168

Operario calificado

$ 1.384.713

Operario embolsador cargador

$ 1.495.637

Oficial

$ 1.615.417

Oficial calificado

$ 1.744.273

Oficial especializado

$ 1.883.925

 Mantenimiento 

Categoría Salario
Medio oficial mantenimiento

$ 1.615.417

Oficial mantenimiento

$ 1.744.273

Oficial especializado mantenimiento

$ 1.883.925

 Administración 

Categoría Salario
Auxiliar administrativo

$ 1.384.713

Administrativo

$ 1.606.244

Administrativo especializado

$ 1.863.415

TERCERA : Se acuerda el pago de una suma no remunerativa a ser abonada en tres cuotas mensuales conforme el siguiente esquema: a) en mayo una suma equivalente al 5% de las remuneraciones brutas que se calcularan sobre la base de los salarios de Abril; b)en junio otra suma equivalente al 5% de las remuneraciones brutas que se calcularan sobre la base de los salarios de Abril y c) en julio una suma equivalente al 8% de las remuneraciones brutas que se calcularan sobre la base de los salarios de Abril. Cada cuota se calcula sobre las remuneraciones brutas totales, incluyendo todos los adicionales, horas extras, plus, aguinaldo, o cualquier otro concepto salarial. Esta suma no remunerativa integrará la base de cálculo de las contribuciones patronales a la UOSA.
CUARTA : A partir del 1 de agosto de 2026 los salarios básicos quedarán conformados de la siguiente manera:




SUELDO BASICO AGOSTO 2026:

 Producción – Calidad – Recepción y Despacho 

Categoría Salario
Operario

$ 1.397.563

Operario calificado

$ 1.509.337

Operario embolsador cargador

$ 1.630.244

Oficial

$ 1.760.805

Oficial calificado

$ 1.901.258

Oficial especializado

$ 2.053.478

 Mantenimiento 

Categoría Salario
Medio oficial mantenimiento

$ 1.760.805

Oficial mantenimiento

$ 1.901.258

Oficial especializado mantenimiento

$ 2.053.478

 Administración 

Categoría Salario
Auxiliar administrativo

$ 1.509.337

Administrativo

$ 1.750.806

Administrativo especializado

$ 2.031.122

De esta forma las cifras no remunerativas se incorporan al salario remunerativo en agosto.


QUINTA : Las partes acuerdan prorrogar la vigencia de las clausulas obligacionales del Convenio Colectivo de Trabajo N° 754/2018 únicamente por el plazo de vigencia del acta salarial suscripta en el día de la fecha, es decir desde el 1 de Abril de 2026 al 31 de Julio de 2026.


SEXTA : Exclusivamente por el plazo de vigencia del presente acta las partes convienen establecer el aporte solidario (trabajadores no afiliados) previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 754/2018 en un dos por ciento (2%) en su totalidad de la remuneración bruta de los trabajadores comprendidos en el ámbito personal y territorial de aplicación del convenio colectivo. El referido aporte será retenido por los empleadores en oportunidad de abonar las remuneraciones correspondientes y depositado a favor de la UNIÓN OBRERA SALINERA ARGENTINA (U.O.S.A.), en la forma, plazos y condiciones establecidas en el convenio colectivo 754/2018.


SEPTIMA : Únicamente por el plazo de vigencia establecido en la cláusula primera las partes acuerdan modificar en forma temporal, extraordinaria y excepcional la contribución empresaria prevista en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 754/2018, la que quedará establecida solamente por dicho período en el equivalente al 1% sobre los básicos de los trabajadores no afiliados y del 0,8% sobre los básicos de los afiliados a la UOSA. Dicha contribución estará a cargo exclusivo de las empresas empleadoras comprendidas en el ámbito de aplicación del convenio colectivo, debiendo ser depositadas a favor de la entidad sindical en la forma, plazos y condiciones establecidas en el convenio colectivo 754/2018.


OCTAVA : Las partes ratifican su voluntad de mantener relaciones laborales armoniosas, dentro de un marco de buena fe negocial, paz social y respeto reciproco, comprometiéndose a continuar el diálogo paritario a partir de la primera semana de agosto de 2026.





SUELDO BASICO ENERO 2026:

 Producción – Calidad – Recepción y Despacho 

Categoría Salario

Operario

$ 1.202.003

Operario calificado

$ 1.298.136

Operario embolsador cargador

$ 1.402.125

Oficial

$ 1.514.416

Oficial calificado

$ 1.635.215

Oficial especializado

$ 1.766.136

 Mantenimiento 

Categoría Salario
Medio oficial mantenimiento

$ 1.514.416

Oficial mantenimiento

$ 1.635.215

Oficial especializado mantenimiento

$ 1.766.136

 Administración 

Categoría Salario
Auxiliar administrativo

$ 1.298.136

Administrativo

$ 1.505.816

Administrativo especializado

$ 1.746.908


Acuerdos Salariales Anteriores

 Convenio Colectivo 

DESCARGAR
Convenio Colectivo

El Convenio Colectivo 754/18 cubre a todos los trabajadores salineros del país y es de aplicación obligatoria para todas las empresas relacionadas con la explotación, producción, industrialización y/o comercialización o venta de sal

 Galería de fotos 

 Beneficios 


Defensa Sindical
Asesoría Jurídica
Reintegros en Medicamentos
Ayudas Sociales
Beneficios por Nacimiento
Beneficios por Casamiento
Beneficios Guardapolvo Escolar
(Nivel Inicial)
Beneficio Cumpleaños
Beneficio Canasta Navideña


Autoridades

Secretario general
SCHAAB GERARDO ANÍBAL

Secretario adjunto
BARMANSCHE DIEGO HERNÁN

Secretario gremial
QUIROGA SEGUNDO GERVASIO

Secretario tesorero
SCHIEL MAXIMILIANO

Secretario de organización
AGUIAR AMÍLCAR ENRIQUE

Secretaria de actas
SEIBEL AGUSTINA

Vocales
VERGARA ARIEL ANDRÉS
GARCÍA EMILIANO
BERNACHEA ENZO DANIEL
LAGOS NORBERTO MAXIMILIANO
CAVALLARO JORGE JAVIER
BUSTOS GENARO RAMÓN

Vocales suplentes
SORIA BERNARDO NAHUEL
MORALES AMERICO RUBÉN
VELIZ SERGIO GUILLERMO
KLOBERDANZ SANDRO ANDRÉS
LLANCAFIL JORGE ALBERTO
GARRO MIGUEL ÁNGEL

Comisión revisora de cuentas

Miembros titulares
MENDIBURU GUILLERMO JAVIER
SENSINI GUADALUPE DENISE
SORIA RICARDO OSCAR

Miembros suplentes
ULLOA GUSTAVO ISAIAS
FEUILLES CRISTIAN GABRIEL
CALFINIR VICENTE ANDRÉS

Asesoría legal

DR. ADOLFO MUÑIZ
DR. SERGIO SÁNCHEZ ALUSTIZA
DRA. NATALIA HERMIDA

Asesoría contable

CDOR. NAC. CLAUDIO GORDILLO

Contacto

 Dirección 

SEDE CENTRAL
Macachín – La Pampa
Calle Buenos Aires Nº 135

 Teléfonos 

SEDE CENTRAL: 2953 – 452013
SECRETARIA GREMIAL: 2954 – 377547
SEC. ACCION SOCIAL: 2954 – 681699

Mail

uosasalinera@yahoo.com.ar

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